A solicitud publico la circular ONNVVA-003-2002 como se deben aplicar los seguros terrestres en las mercancias que se importan a Costa Rica cuando esta no tienen un seguro especifico en la factura comercial, esta circular fue publicada en el diario la gaceta 111 del martes 11 de junio de 2002 y actualmente esta en vigencia en todas las aduanas del pais
La formula que indica esta circular y lo publicado en la gaceta 111 del martes 14 de junio de 2002 hay que dar demaciadas vueltas para llegar a sacar o que nos de el seguro que necesitamos para una x mercancia, por lo que les invito a usar mi formula que la he usado por años y que llegamos al mismo monto de seguro si la estubieramos haciendo con la formula de la circular, MI FORMULA ES SENCILLA Y SIMPLE : VALOR FOB+FLETE EL RESULTADO DE ESTOS DOS SE MULTIPLICA POR 110% EL RESULTADO SI VIENIERA DE GUATEMALA SE MULTIPLICA POR 0.80% Y ESE SERIA EL PORCENTAJE DE SEGURO EXACTO.
ResponderEliminarEJEMPLO DE UNA MERCANCIA SI VIENIERA DE GUATEMALA FOB $1000.00 FLETE $500.00 NO TRAE SEGURO ENTONCES PARA OBTENERLO HACEMOS LA SIGUIENTE OPERACION $1000.00+500.00=$1500.00*110%=1650.00*080%=EL SEGURO SERIA $13.20 EN SOLO DOS PASOS LO HACEMOS Y NO DAMOS TANTAS VUELTAS COMO LA FORMULA DE LA CIRCULAR